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Protección por Desempleo
Es una medida de protección a los desempleados, es decir, ayudan al sostenimiento de la renta de los trabajadores que pueden y quieren trabajar, pero pierden su empleo involuntariamente. Pueden ser:
Prestaciones contributivas
Las prestaciones contributivas se dirigen a personas que han perdido su empleo o han visto reducida su jornada de trabajo y han cotizado durante un determinado periodo. La cuantía de la prestación guarda relación con las cotizaciones realizadas durante el periodo de ocupación.
- Prestaciones asistenciales
Las prestaciones asistenciales (subsidios) se establecen como complementaria de las contributivas y garantizan protección a los trabajadores desempleados que se encuentren en situación de necesidad por no tener acceso a las prestaciones contributivas (por haberlas agotado o no haber cubierto el periodo mínimo de cotización).
Para ser beneficiario de estas prestaciones se debe carecer de rentas superiores al 75 por ciento del SMI, estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
La duración está en función de los periodos cotizados por el trabajador, tal como se indica en este cuadro:
| Periodo cotizado en los 6 últimos años |
Duración de la prestación |
| Desde 360 hasta 539 días |
120 días |
| Desde 540 hasta 719 días |
180 días |
| Desde 720 hasta 899 días |
240 días |
| Desde 900 hasta 1.079 días |
300 días |
| Desde 1.080 hasta 1.259 días |
360 días |
| Desde 1.260 hasta 1.439 días |
420 días |
| Desde 1.440 hasta 1.619 días |
480 días |
| Desde 1.620 hasta 1.799 días |
540 días |
| Desde 1.800 hasta 1.979 días |
600 días |
| Desde 2.160 días |
720 días |
| Para más información, puede ponerse en contacto con nosotros en el teléfono: 925 250 920, dirigiendo su consulta al Área de Intermediación, o si lo prefiere puede acudir a nuestras instalaciones en Bajada de Castilla-La Mancha, s/n (Frente al SEPECAM de Toledo). |
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